Si usted ha grabado como intérprete, ejecutante o director en una o más canciones que aparecen en la sección de No Identificados del 2016 en nuestra página web y aún no las ha declarado, validado y cobrado en la sociedad, deberá realizarlo a la brevedad para proceder con la liquidación de sus regalías, previo proceso de registro de su participación en los referidos temas.
De no hacerlo, dichos fondos No Identificados prescribirán a fin de año y serán redistribuidos entre los afiliados que cobraron el período 2016, de conformidad a lo previsto en el artículo 161° del D. LEG. 822, ley sobre el derecho de autor.
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San Miguel, 20 de febrero del 2020
PRENSA SONIEM